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La construcción ilegal e inconsulta de una planta procesadora de aguas residuales en El Mozote atenta contra el medio ambiente y el cumplimiento de la resolución de la Corte Interamericana.

La construcción ilegal e inconsulta de una planta procesadora de aguas residuales en El Mozote atenta contra el medio ambiente y el cumplimiento de la resolución de la Corte Interamericana.

El pasado 30 de noviembre, Ovidio Mauricio y Alejandro Díaz de Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández” junto a Luis González de la UNES y Leonel Claros presidente de la Asociación Promotora de Derechos Humanos de El Mozote (APDHEM) brindaron una conferencia de prensa en el que denunciaron la construcción ilegal e inconsulta de la Planta Procesadora de Aguas Residuales en el caserío El Mozote, Meanguera, Morazán.

La construcción incumple con las medidas de reparación ordenadas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2012, que ordena al Estado salvadoreño garantizar las condiciones adecuadas a fin de que las víctimas desplazadas puedan retornar a sus comunidades. Asimismo, violenta el derecho de las víctimas y sus familiares de poder recuperar los restos de sus seres queridos y poder inhumarlos como medida de reparación, para lo cual el Estado debe hacer una búsqueda exhaustiva de estos en la zona donde se cometió la masacre.

El 13 de octubre del corriente año, el Juzgado Ambiental de San Miguel realizó una inspección en la propiedad afectada y verificó las condiciones que presenta la obra, como falta de estudio de impacto ambiental, de permisos y consulta libre e informada; pero no se han otorgado medidas cautelares a pesar de ser una construcción de alto impacto y verificarse los graves daños que ya está causando en la zona, lo que revela lentitud en cuanto a la aplicación del principio precautorio ambiental.

Por lo anteriormente expuesto EXIGIMOS:

1. Se suspenda inmediatamente la construcción de esta obra que afecta las reparaciones ordenadas por la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que afectan el derecho a la vivienda digna de víctimas desplazadas por la masacre de El Mozote y el derecho a la recuperación de restos de víctimas al afectarse propiedades de la zona con estas “obras”.

2. Se emitan Medidas Cautelares de acuerdo al Inciso 4º Art. 102-C de la Ley de Medio Ambiente debido a los graves daños que causaran al medio ambiente, salud y calidad de vida de la población y comprobados los mismos se suspenda totalmente la obra.

3. Que cualquier obra que se considere de desarrollo para las víctimas de la masacre de El Mozote, debe de ser consultada con las víctimas, acompañadas con sus representantes, de acuerdo a lo estipulado en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2012.

4. Que se respete los contenidos de las normas ambientales y por tanto que se desarrolle un Estudio de Impacto Ambiental del proyecto con su respectiva consulta pública, antes a otorgar permisos desde los ministerios.

5. Que las autoridades competentes sancionen a la Dirección de Obras Municipales, DOM; por iniciar una obra sin contar con los permisos necesarios para tal fin.

Como organizaciones que trabajamos en pro de los derechos humanos, la memoria histórica y la protección y conservación del ambiente instamos a las autoridades gubernamentales a que actúen en concordancia las normas internacionales y nacionales de derechos humanos con la legislación ambiental vigente y con las resoluciones de tribunales internacionales de derechos humanos, solo así podremos tener un El Salvador más justo, humano y ambientalmente sustentable.

// Actividad realizada en noviembre 30 del 2023.


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